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Ley
REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
104

Artículo 104 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La DGEIRA (que es la oficina del gobierno encargada de revisar los impactos ambientales) va a revisar que hayas cumplido con todos los pasos para informar al público y escuchar sus opiniones sobre el proyecto, dependiendo del tipo de estudio de impacto ambiental que hayas presentado. Esto incluye los mecanismos de participación ciudadana que están escritos en la Ley y en el capítulo correspondiente de este Reglamento. En pocas palabras, antes de que te den el visto bueno, tienen que asegurarse de que la gente afectada o interesada haya sido informada y haya podido dar su punto de vista.

Texto oficial

Artículo 104.- En la revisión, análisis, evaluación y resolución de las solicitudes de evaluación de impacto ambiental, la DGEIRA considerará que se hayan cumplido, según corresponda para cada modalidad de estudio de impacto ambiental, con los mecanismos de información ambiental, atención y participación ciudadana en materia de impacto ambiental correspondientes, previstos en la Ley y en el capítulo respectivo del presente Reglamento.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 36) ↗

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