Artículo 110 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La DGEIRA (que es la oficina de impacto ambiental) puede decidir que ciertas condiciones que puso en un permiso ambiental son tan importantes que, si no las cumples, el permiso deja de ser válido. Esto significa que desde el principio, el permiso solo vale si cumples con esas condiciones especiales. Si tú, como la persona o empresa que recibió el permiso, no cumples con esa condición, el permiso se cancela automáticamente, sin necesidad de que alguien lo declare. Esto está basado en lo que dice la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.
Texto oficial
Artículo 110.- La DGEIRA podrá determinar cuáles de las medidas o condicionantes de la autorización de impacto ambiental tendrán la naturaleza de condición suspensiva en cuanto a la validez y efectos jurídicos y administrativos de la autorización otorgada, en términos de la normativa ambiental aplicable. En caso de incumplimiento por parte de la promovente de la condición suspensiva determinada por la DGEIRA, se actualizará la hipótesis de la extinción de pleno derecho de la autorización condicionada otorgada, de conformidad con lo previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.