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Artículo 123 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 123 dice que la DGEIRA (la dependencia que revisa el impacto ambiental) solo puede autorizar dos cambios a un proyecto cuando el promovente (la persona o empresa que lo solicita) lo pida. Si después de esos dos cambios necesitas hacer más modificaciones o ampliaciones al proyecto, tendrás que pasar por una nueva evaluación de impacto ambiental, presentando el estudio necesario.

Texto oficial

Artículo 123.- Las autorizaciones de modificaciones de proyecto que emita la DGEIRA a solicitud de la promovente no podrán ser más de dos ocasiones; por lo cual, en caso de que la promovente requiera realizar modificaciones o ampliaciones adicionales al proyecto autorizado deberá de someterlas a una nueva evaluación de impacto ambiental a través del estudio correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 41) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.