Artículo 125 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien vende o cambia el dueño de un proyecto que ya tiene permiso ambiental (llamado autorización de impacto ambiental), el nuevo dueño tiene máximo 10 días hábiles después del cambio para avisarle por escrito a la DGEIRA (la oficina del gobierno que da esos permisos). En ese aviso, debe incluir: 1) papeles que demuestren que él es el nuevo responsable, 2) documentos que acrediten que es dueño o tiene derecho de usar el terreno, 3) un acta notarial donde acepte que conoce las reglas del permiso, 4) el comprobante de pago de los derechos que cobre la DGEIRA, y 5) un reporte sobre cómo va el proyecto y si está cumpliendo con las medidas ambientales. Además, cualquiera que reciba, compre, administre o rente una obra, edificio o desarrollo inmobiliario con ese permiso, se vuelve responsable de cumplir con todas las condiciones del permiso, incluso las de operación y mantenimiento.
Texto oficial
Artículo 125.- Las promoventes deben informar por escrito a la DGEIRA del cambio de titularidad de los derechos y obligaciones de la autorización de impacto ambiental, dentro de los diez días hábiles siguientes a que suceda dicho supuesto, debiendo anexar a su escrito, al menos lo siguiente: I. Documentación que acredite la personalidad de la promovente “contrayente o adquiriente” de la titularidad de los derechos y obligaciones de la autorización de impacto ambiental; II. Documento que acredite la propiedad o posesión del predio, o que demuestre la facultad de la promovente “contrayente o adquiriente” para realizar la obra o actividad en el área de intervención; III. Instrumento notarial; en el cual, la promovente “contrayente o adquiriente” manifieste ante la DGEIRA que está en conocimiento de los derechos y obligaciones adquiridos en la autorización en materia de impacto ambiental; IV. Comprobante de pago de derechos que al efecto determine la DGEIRA; y V. Informe con la descripción del avance de la ejecución del proyecto y del grado de cumplimiento de las medidas y condicionantes establecidas en la autorización de impacto ambiental. Toda persona que reciba, adquiera, administre, arriende o subarriende una obra, edificio o desarrollo inmobiliario que cuente con autorización de impacto ambiental de la DGEIRA, adquirirá la responsabilidad del cumplimiento de las condicionantes de la autorización, incluyendo las condicionantes para la operación y mantenimiento.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.