Artículo 13 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los estudios sobre cómo afecta un proyecto al medio ambiente solo los pueden hacer personas o empresas autorizadas para eso, llamadas prestadores de servicios de impacto ambiental. Ellos son responsables, junto con quien los contrata, de que la información sea cierta y de buena calidad, y deben tener el nivel profesional adecuado. Además, tienen que firmar de su puño y letra cada página del estudio o informe para hacerse responsables.
Texto oficial
Artículo 13.- Los estudios de impacto ambiental, estudios de daño ambiental, informes de seguimiento e informes finales deberán ser elaborados por prestadores de servicios de impacto ambiental, quienes serán corresponsables de la calidad y veracidad de la información y del nivel profesional de los estudios que elaboren, debiendo firmar autógrafamente cada página del estudio o informe respectivo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.