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Artículo 166 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando termines de construir o instalar lo que te autorizaron, tienes hasta 30 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos) para entregar a la dependencia ambiental un informe final. En ese documento debes demostrar, con papeles que lo comprueben, que cumpliste todas las medidas y condiciones que te pusieron. Además, tienes que pedir que te firme un documento oficial que confirme que ya cumpliste con todo lo que te exigían para esa etapa.

Texto oficial

Artículo 166.- Una vez concluida la construcción e instalación de las obras o actividades autorizadas, la promovente deberá presentar ante la DGEIRA, en un plazo no mayor a treinta días hábiles, el informe final de seguimiento; en el cual, deberá comprobar haber dado cumplimiento a todas las medidas y condicionantes establecidas, adjuntando la documentación probatoria y consecuentemente solicitará el acuerdo administrativo de cumplimiento de las condicionantes impuestas para dicha etapa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 50) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.