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Artículo 172 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si haces obras o actividades que necesiten un permiso de impacto ambiental (como construir o talar) y no lo tienes, el gobierno puede obligarte a reparar el daño o a tomar medidas urgentes para detener el problema. Además de eso, te pueden multar o castigar por la vía administrativa, civil o incluso penal, según lo que hayas hecho. También pueden aplicarte medidas de seguridad, como las que se mencionan en el artículo anterior, para evitar más daños.

Texto oficial

Artículo 172.- En los casos en que se lleven a cabo obras o actividades que requieran someterse al procedimiento de evaluación de impacto ambiental conforme a la Ley y al presente Reglamento, sin contar con la autorización correspondiente, la Secretaría ordenará las medidas correctivas o de urgente aplicación que procedan. Lo anterior, sin perjuicio de las sanciones administrativas y del ejercicio de las acciones civiles y penales que resulten aplicables, así como de la imposición de medidas de seguridad que en términos del artículo anterior resulten necesarias.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.