Artículo 40 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si vas a construir algo grande en la Ciudad de México, normalmente necesitas hacer una consulta vecinal para que los vecinos den su opinión. Pero puedes pedir que te perdonen ese trámite si cumples con ciertos casos. Tienes que enviar tu solicitud por escrito a la DGEIRA (una oficina de gobierno) antes de empezar el proceso de Evaluación de Impacto Ambiental. Los únicos casos donde aplica la exención son: que tu proyecto sea para construir hospitales o centros de salud pública; o escuelas públicas de cualquier nivel, así como casas de cultura, museos, hemerotecas (lugares para leer periódicos) o videotecas; o viviendas de interés social o popular, como las que apoya el gobierno para personas de bajos recursos o en situación vulnerable. La DGEIRA te dará una respuesta clara y explicada en un máximo de 15 días hábiles, ya sea para aceptar o rechazar tu solicitud.
Texto oficial
Artículo 40.- Los interesados en solicitar una exención a la realización del Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones deberán solicitarlo por escrito ante la DGEIRA previo al ingreso del trámite de Evaluación de Impacto Ambiental, acreditando que su proyecto se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos: I. Se relaciona con el sector salud, ya que tiene como único objetivo la construcción de establecimientos de salud pública donde se brindará atención médica; II. Está relacionado con el sector educación, pues tiene como único objetivo construir uno o más establecimientos en los que se brindará educación pública de nivel básico, media superior o superior. También quedarán exentos de implementar el Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones los proyectos que tengan como único objetivo construir casas de cultura, museos, hemerotecas y videotecas por estar relacionados con el sector educación; y III. Está relacionado con el sector de fomento a la vivienda social, pues se encuentra dentro de programas establecidos en la Ley de Vivienda para la Ciudad de México que promocionan la construcción de vivienda de carácter social, popular, sustentable o de arrendamiento asequible, y tiene como principal objetivo garantizar el derecho a la vivienda en beneficio de la población en contexto de vulnerabilidad, en situación de pobreza, personas de menores ingresos y grupos de atención prioritaria, primando la prevalencia del interés público frente al interés privado, en los términos y condiciones conforme a los ordenamientos jurídicos aplicables en la materia. Una vez ingresada la solicitud, en un plazo máximo de quince días hábiles, la DGEIRA responderá de forma fundada y motivada su determinación ya sea en sentido positivo o negativo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.