Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 50 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando termines la primera etapa del proceso (donde se buscan acuerdos con las comunidades), tienes hasta 15 días hábiles (no cuentan sábados, domingos ni días festivos) para entregar a la DGEIRA (la dependencia que revisa estos asuntos) un estudio de cómo tu proyecto afecta a la gente de la zona. Ese estudio lo tiene que hacer una empresa experta externa, siguiendo las reglas del artículo 42 del reglamento y los lineamientos que dé la Secretaría.

Texto oficial

Artículo 50.- Concluida la Fase de construcción de acuerdos, en un plazo máximo de quince días hábiles, la promovente deberá presentar ante la DGEIRA, la evaluación de impacto social elaborada por el Tercero Especializado, en los términos de los principios contemplados en las fracciones I y II del artículo 42 del presente Reglamento, y conforme a lo dispuesto en los Lineamientos que expida la Secretaría.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.