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Ley
REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
76

Artículo 76 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla sobre los estudios que se hacen antes de un proyecto para ver cómo afecta al medioambiente. Según la ley, hay seis tipos de estudios: la evaluación ambiental estratégica, dos tipos de manifestaciones de impacto ambiental (específica y general), el informe preventivo, el estudio de riesgo ambiental y la declaratoria de cumplimiento ambiental. El gobierno de la Ciudad de México va a publicar en su portal de internet las guías y formatos para hacer estos estudios, donde se explican los requisitos que debes cumplir según el tipo de estudio que necesites.

Texto oficial

Artículo 76.- Conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley, las modalidades de los estudios de impacto ambiental, son: I. Evaluación ambiental estratégica; II. Manifestación de impacto ambiental específica; III. Manifestación de impacto ambiental general; IV. Informe preventivo; V. Estudio de riesgo ambiental; y VI. Declaratoria de cumplimiento ambiental. La Secretaría publicará en el portal de trámites y servicios del Gobierno de la Ciudad de México, las guías para la elaboración de los estudios de impacto ambiental y los formatos de solicitud correspondientes, en los cuales se detallarán los requisitos previstos en la Ley y este ordenamiento, de acuerdo a la modalidad que corresponda.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 22) ↗

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