Artículo 93 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si quieres que te autoricen un proyecto que pueda afectar el medio ambiente, tienes que entregar a la Dirección General de Impacto Ambiental (DGEIRA) un formato de solicitud ya llenado y firmado. Además, debes incluir estos documentos: - El estudio de impacto ambiental, firmado en cada hoja por ti o tu representante legal, y también por el especialista que lo hizo. - Una copia digital de ese estudio y sus anexos. - Un resumen digital del proyecto, si se trata de un estudio general o específico. - El comprobante de pago de los derechos correspondientes. - Documentos que demuestren que el uso del suelo está permitido para tu proyecto. - Papeles que acrediten quién eres tú (como persona física o moral). - Un documento que pruebe que eres dueño del terreno, lo rentas o tienes permiso para usarlo. - Un papel de alguna autoridad que confirme que hay servicios de agua disponibles para tu proyecto (si aplica). - Una constancia de alineamiento y número oficial. - Si es un proyecto grande, una validación de consulta vecinal o un documento que demuestre que informaste a la comunidad. - Si hubo daños ambientales previos, un documento que acredite que los reparaste o compensaste. - Y, si aplica, la licencia de construcción o autorización de ocupación de las construcciones que ya existen en el predio.
Texto oficial
Artículo 93.- La promovente deberá presentar ante la DGEIRA el formato de solicitud de autorización en materia de impacto ambiental debidamente requisitada y firmada, de acuerdo con la modalidad de estudio que corresponda, anexando: I. El estudio de impacto ambiental en la modalidad que corresponda, debidamente firmado en cada página por la promovente o su representante legal; así como, por el prestador de servicios de impacto ambiental responsable de su elaboración; II. Versión digital del estudio de impacto ambiental y de sus anexos; III. Resumen del proyecto en formato digital elaborado conforme a lo dispuesto en el artículo 35 de este Reglamento, en los casos de manifestación de impacto ambiental general o específica; IV. Comprobante de pago de derechos correspondiente; V. Documentos que determinen el uso de suelo autorizado o permitido en el predio o sitio de intervención para la ejecución del proyecto; VI. Documentación que acredité la personalidad de la promovente; VII. Documento que acredite la propiedad o posesión del predio, o que demuestre la facultad de la promovente para realizar la obra o actividad en el área de intervención; VIII. Documento emitido por la autoridad competente en el que se determine la factibilidad de servicios hidráulicos para el proyecto pretendido, en el caso aplicable; IX. Constancia de Alineamiento y Número Oficial; X. En su caso, Validación del Proceso de Consulta Vecinal para Grandes Construcciones emitida por la DGEIRA; o bien, según corresponda, documento emitido por la DGEIRA en el cual se determine que se concluyó satisfactoriamente el Proceso Informativo Comunitario, en los supuestos aplicables de acuerdo con la Ley y el presente Reglamento; XI. En su caso, documento emitido por autoridad administrativa o judicial competente, en el que se determine que se cumplió con las medidas de reparación o compensación de los daños ambientales ocasionados en el predio o sitio de intervención; y XII. En su caso, Licencia de Construcción, Registro de Manifestación de Construcción o Autorización de Ocupación de las construcciones existentes en el predio.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.