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Artículo 92 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tú (como ciudadano) pides por escrito que se registre tu estudio de impacto ambiental antes de corregir las fallas que ya te señalaron, la autoridad (DGEIRA) aceptará tu solicitud así esté incompleta. Después de eso, te enviará un aviso oficial con los cambios obligatorios que debes hacer, según lo que dice el artículo 96 de este reglamento. También te darán una lista de verificación para que sepas exactamente qué ajustes necesitas.

Texto oficial

Artículo 92.- En caso de que la promovente solicite por escrito el ingreso del estudio de impacto ambiental sin haber atendido las observaciones derivadas de la revisión previa, la DGEIRA ingresará la solicitud y emitirá la prevención respectiva conforme al artículo 96 del presente Reglamento, entregando la lista de chequeo correspondiente.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.