Artículo 96 del REGLAMENTO DE IMPACTO AMBIENTAL Y RIESGO EN LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si el documento que entregaste no tiene toda la información que pide la ley o le faltan papeles, la DGEIRA (una oficina del gobierno) te va a avisar por escrito, y solo una vez, dentro de los siguientes 5 días hábiles después de que entregaste tu solicitud. En ese aviso te va a decir exactamente qué falta y te va a dar otros 5 días hábiles, sin posibilidad de prórroga, para que corrijas o entregues lo que haga falta. Si no arreglas todo en ese tiempo, la DGEIRA va a considerar que nunca presentaste tu solicitud y la va a archivar como un asunto terminado.
Texto oficial
Artículo 96.- Cuando la solicitud o el estudio no contengan los requisitos previstos en la Ley, el presente Reglamento o la demás normatividad aplicable; no se acompañen de los anexos y documentos previstos en dicha normatividad; o bien, presenten deficiencias, insuficiencias u omisiones, la DGEIRA prevendrá por escrito y por una sola vez a la promovente dentro de los cinco días hábiles siguientes al ingreso de la solicitud, para que dentro de un término improrrogable de cinco días hábiles siguientes a la notificación de dicha prevención, subsane la falta. En el supuesto de que la promovente no subsane totalmente la prevención en el término señalado, la Dirección General resolverá que se tiene por no presentada dicha solicitud, ordenando su archivo como asunto definitivamente concluido.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.