Artículo 120 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las comisiones de los congresos tienen dos tipos de juntas. Las ordinarias son las que ya están programadas de manera regular, mientras que las extraordinarias se hacen en casos especiales o de emergencia. Además, según quién pueda verlas, las sesiones pueden ser públicas (cualquier persona puede entrar a ver) o privadas (solo los miembros de la comisión pueden estar). Básicamente así se organizan las reuniones de trabajo de los diputados o senadores.
Texto oficial
Artículo 120.- Las Sesiones de las Comisiones, se clasifican de la siguiente forma: I. Por su carácter, son Ordinarias o Extraordinarias; y II. Por su tipo, son Públicas o Privadas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.