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Ley
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Artículo
131

Artículo 131 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien de la Comisión está hablando, nadie lo puede interrumpir, excepto para pedir orden, si se está saliendo del tema o si otro miembro pide una aclaración útil. En ese caso, la persona que quiere preguntar debe dirigirse al Presidente de la Comisión, y este le preguntará al que está hablando si acepta responder. Si acepta, se escucha la pregunta y la respuesta se da a todos; si no acepta, el que habla sigue sin problema.

Texto oficial

Artículo 131.- Cuando alguno de los miembros integrantes de Comisión esté haciendo uso de la palabra no podrá ser interrumpido, a menos que sea para una moción de orden, que el orador esté alterando el desarrollo de la Sesión o bien, que alguno de los miembros de comisión solicite una explicación pertinente, en cuyo caso deberá dirigirse a la Presidenta o el Presidente de la Comisión quien consultará al orador si acepta la solicitud, en caso de admitirse, se escuchará al interpelante y la respuesta será dirigida a los integrantes, de no aceptarla, continuará el orador en el uso de la palabra.

Ver texto oficial del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO. (pág. 25) ↗

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