Artículo 135 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien pide suspender la discusión de un tema, primero se le da la palabra para que explique por qué lo pide. Luego, la Comisión (grupo de personas encargadas) decide si se discute esa suspensión o no. Si dicen que sí, se le vuelve a dar la palabra a quien lo pidió y después se vota. Si la mayoría rechaza la suspensión, el asunto sigue su curso normal.
Texto oficial
Artículo 135.- En caso de moción suspensiva, se escuchará al solicitante para que la funde y motive, a continuación será sometida a la aprobación de la Comisión para que resuelva si se discute o no; si se resuelve afirmativamente se concederá el uso de la voz a quien lo solicite y posteriormente se someterá a votación. Si se desecha, se continuará con la discusión el asunto.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.