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Artículo 148 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien interrumpe o causa desorden durante una sesión del Concejo, los concejales pueden votar para suspenderla. Se necesita que más de la mitad de los presentes estén de acuerdo para que la suspensión sea válida. Esto se hace para mantener el orden y que todo sea legal durante las reuniones.

Texto oficial

Artículo 148.- En caso de alteraciones al orden de la Mesa de Trabajo, el Concejo podrá determinar la suspensión mediante votación de la mayoría simple de las y los Concejales presentes, salvaguardando el principio de orden y legalidad de las Sesiones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.