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Ley
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Artículo
149

Artículo 149 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieres grabar en video las Mesas de Trabajo, tienes que pedirlo por escrito justo cuando se esté instalando la mesa. Además, debe aprobarlo la mayoría simple de los concejales que estén ahí presentes. Ese video solo se usará como comprobante, para que haya transparencia y para guardarlo como parte del archivo histórico. La Secretaría Técnica del Concejo será la encargada de cuidarlo, siguiendo las reglas de la Ley de Alcaldías de la CDMX y las normas sobre acceso a la información pública.

Texto oficial

Artículo 149.- En los casos en que se considere necesario contar con grabación en formato de video de las Mesas de Trabajo se deberá realizar solicitud expresa durante la instalación de la Mesa de Trabajo y contar con la aprobación de la mayoría simple de las y los Concejales presentes. El material generado tendrá fines de constancia administrativa, transparencia y archivo histórico, y será resguardado por la Secretaría Técnica del Concejo, en cumplimiento con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y las disposiciones en materia de acceso a la información pública. TÍTULO DÉCIMO QUINTO DE LA LICENCIA Y SUPLENCIA DE LAS Y LOS CONCEJALES. CAPÍTULO I DE LA LICENCIA.

Ver texto oficial del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO. (pág. 27) ↗

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