Artículo 150 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para empezar, el "Concejo de la Alcaldía" es como el grupo de personas que toman decisiones importantes en tu delegación o municipio. Este artículo dice que cualquier solicitud que se haga a ese grupo necesita que la mayoría simple de sus integrantes (más de la mitad de los que están presentes) le dé el visto bueno. O sea, no se necesita que todos estén de acuerdo, solo que más de la mitad de los que votan digan que sí. Así, el trámite solo avanza si logra juntar esos votos a favor.
Texto oficial
Artículo 150.- Ésta será solicitada ante el Concejo de la Alcaldía y para proceder, tendrá que contar con la aprobación simple de los integrantes del Concejo.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.