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Artículo 151 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La licencia temporal es un permiso que un funcionario público pide para dejar su cargo por un tiempo sin renunciar. Esto está regulado por el artículo 70 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México. Básicamente, si alguien necesita ausentarse por un periodo, puede pedir esta licencia y después regresar a su puesto. No se pierde el trabajo, solo se hace una pausa autorizada.

Texto oficial

Artículo 151.- Tipo de licencia: I. Temporal; de acuerdo con el artículo 70 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México. CAPÍTULO ll DE LA SUPLENCIA.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.