Artículo 159 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien propone cambiar este reglamento, la Secretaría Técnica (la oficina encargada de los asuntos oficiales) redactará el documento con el cambio y lo enviará al Pleno del Concejo (la reunión de todas las personas que toman decisiones) para que lo revisen, discutan y, si están de acuerdo, lo aprueben. Para que una modificación sea válida, se necesita el voto a favor de más de la mitad de los miembros presentes en esa reunión. Este aviso se publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México y empezará a aplicarse desde el mismo día de su publicación. Además, ya no servirá el reglamento anterior de la Alcaldía Xochimilco que se publicó el 11 de marzo de 2025.
Texto oficial
Artículo 159. Si se presentara una propuesta de modificación, será la Secretaría Técnica la encargada de formular el acuerdo correspondiente y será remitido al Pleno del Concejo para su análisis, discusión y en su caso aprobación: La aprobación de las reformas al presente reglamento requerirá de la mayoría relativa de los presentes en el Pleno del Concejo. TRANSITORIOS PRIMERO. - Publíquese el presente Aviso en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. SEGUNDO. -El presente Aviso entrará en vigor el mismo día de su publicación en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. TERCERO. -Se deja sin efecto el Aviso por el que se da a conocer el Reglamento Interno del Concejo de la Alcaldía Xochimilco, publicado en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el día 11 de marzo de 2025. Alcaldía Xochimilco, Ciudad de México a quince de junio de dos mil veintiséis. (Firma) CIRCE CAMACHO BASTIDA ALCALDESA EN XOCHIMILCO
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.