- Ley
- REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
- Artículo
- 16
Artículo 16 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Concejo (que es el grupo de personas que gobierna tu alcaldía) tiene el poder de aprobar los planes de desarrollo de tu zona. Esto incluye programas parciales y generales para mejorar cosas como calles, servicios y crecimiento de la colonia. En pocas palabras, ellos deciden si se autorizan los proyectos que afectan cómo se organiza y desarrolla tu comunidad.
Texto oficial
Artículo 16.- Como parte de las atribuciones del Concejo de conformidad con los artículos 104 Fracción XIX, 117 de la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México, es competencia del Concejo aprobar los Programas Parciales y de Desarrollo de la Alcaldía.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.