- Ley
- REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
- Artículo
- 37
Artículo 37 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Concejo puede decidir suspender las sesiones, pero solo si hay motivos bien justificados para hacerlo. Si no hay una buena razón, las sesiones no se pueden detener. Esa decisión se toma por acuerdo de todos los miembros del Concejo. Básicamente, solo se suspende si hay una causa importante y clara.
Texto oficial
Artículo 37.- Las Sesiones podrán suspenderse por acuerdo del Concejo, siempre que hubiere razones fundadas para ello.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.