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Artículo 37 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Concejo puede decidir suspender las sesiones, pero solo si hay motivos bien justificados para hacerlo. Si no hay una buena razón, las sesiones no se pueden detener. Esa decisión se toma por acuerdo de todos los miembros del Concejo. Básicamente, solo se suspende si hay una causa importante y clara.

Texto oficial

Artículo 37.- Las Sesiones podrán suspenderse por acuerdo del Concejo, siempre que hubiere razones fundadas para ello.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.