Artículo 46 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Concejo tiene que publicar lo que va a tratar en sus juntas y los acuerdos que tome, ya sea por internet o en los tableros de avisos de las oficinas de las Alcaldías. Las sesiones deben seguir un orden mínimo que incluye: primero, pasar lista y ver si hay suficientes miembros presentes para sesionar (eso es el quórum). Luego, se lee y discute el acta de la junta anterior, y si todo está bien, se aprueba. Después se aprueba el orden del día, se presentan los temas y se mandan a comisiones para que los estudien, se leen y discuten los acuerdos para aprobarlos, y al final se tratan asuntos generales.
Texto oficial
Artículo 46.- El contenido del Orden del día y de los acuerdos del Concejo deberán difundirse por lo menos en forma electrónica y en los estrados de las oficinas de las Alcaldías; el desarrollo de las Sesiones del Concejo, se llevará conforme al orden del día que contenga como mínimo: I. Lista de Asistencia y en su caso declaración del quórum legal; II. Lectura, discusión y en su caso aprobación del acta de la Sesión anterior; III. Aprobación del orden del día; IV. Presentación de asuntos y turno a Comisiones; V. Lectura, discusión en su caso, aprobación de los acuerdos; y VI. Asuntos generales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.