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Ley
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Artículo
46

Artículo 46 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Concejo tiene que publicar lo que va a tratar en sus juntas y los acuerdos que tome, ya sea por internet o en los tableros de avisos de las oficinas de las Alcaldías. Las sesiones deben seguir un orden mínimo que incluye: primero, pasar lista y ver si hay suficientes miembros presentes para sesionar (eso es el quórum). Luego, se lee y discute el acta de la junta anterior, y si todo está bien, se aprueba. Después se aprueba el orden del día, se presentan los temas y se mandan a comisiones para que los estudien, se leen y discuten los acuerdos para aprobarlos, y al final se tratan asuntos generales.

Texto oficial

Artículo 46.- El contenido del Orden del día y de los acuerdos del Concejo deberán difundirse por lo menos en forma electrónica y en los estrados de las oficinas de las Alcaldías; el desarrollo de las Sesiones del Concejo, se llevará conforme al orden del día que contenga como mínimo: I. Lista de Asistencia y en su caso declaración del quórum legal; II. Lectura, discusión y en su caso aprobación del acta de la Sesión anterior; III. Aprobación del orden del día; IV. Presentación de asuntos y turno a Comisiones; V. Lectura, discusión en su caso, aprobación de los acuerdos; y VI. Asuntos generales.

Ver texto oficial del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO. (pág. 10) ↗

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