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Artículo 48 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 48 dice que, a menos que sean sesiones privadas, todas las juntas o reuniones de la Alcaldía deben transmitirse en vivo por su página de internet. También, los acuerdos que se tomen en esas sesiones —si no contienen datos secretos o protegidos— y los resultados de las votaciones se tienen que publicar cada mes en la Gaceta de la Alcaldía y en los estrados (que son los tablones de avisos oficiales). Además, si hay actas con información clasificada (o sea, que no se puede hacer pública por ley), solo se difunden los datos que identifican esa acta y el motivo legal por el que se considera secreta. En pocas palabras, todo lo que no sea confidencial debe estar al alcance de todos en internet y en los medios oficiales de la Alcaldía.

Texto oficial

Artículo 48.- Todas las Sesiones, con excepción de las cerradas, deberán transmitirse a través de la página de internet de la Alcaldía; Todos los acuerdos de las Sesiones que no contengan información clasificada y el resultado de su votación, serán difundidos cada mes en la Gaceta de la Alcaldía y en los estrados de la misma, así como los datos de identificación de las actas que contengan información clasificada, incluyendo en cada caso, el fundamento legal que clasifica la información; y

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.