- Ley
- REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
- Artículo
- 68
Artículo 68 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Alcaldesa o el Alcalde puede hablar y votar en las reuniones del Ayuntamiento como cualquier otro miembro. Si hay empate en una votación, sin importar cómo se haya votado, ella o él tiene el voto decisivo para romper el empate y definir el resultado. Además, cualquier Concejal puede pedir que se anote en el acta oficial si votó a favor, en contra o se abstuvo. Esto solo aplica dentro de las sesiones donde se toman decisiones del gobierno local.
Texto oficial
Artículo 68.- La Alcaldesa o el Alcalde tendrá derecho a voz y voto dentro de la Sesión. En caso de empate, independientemente de la forma de ejercer el voto empleado, la Alcaldesa o Alcalde resolverá el asunto en cuestión ejerciendo su voto de calidad. En las votaciones, cualquier Concejal puede pedir que conste en el acta el sentido de su voto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.