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Ley
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Artículo
75

Artículo 75 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para echar abajo un acuerdo que haya tomado el Concejo de la Alcaldía Xochimilco, solo se puede hacer si se siguen al pie de la letra las reglas que marca la Constitución de la Ciudad de México, la Ley Orgánica de Alcaldías y otras leyes relacionadas. O sea, no se puede cancelar un acuerdo a lo loco; hay que respetar los pasos y trámites que ya están establecidos en esas normas. Esto aplica únicamente a los acuerdos aprobados por el Concejo de esa alcaldía.

Texto oficial

Artículo 75.- Los acuerdos del Concejo de la Alcaldía Xochimilco sólo podrán ser revocados observando lo dispuesto en la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ley Orgánica de Alcaldías de la Ciudad de México y demás disposiciones aplicables.

Ver texto oficial del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO. (pág. 15) ↗

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