Artículo 88 del REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO DE LA ALCALDÍA XOCHIMILCO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las personas que forman parte del Concejo de la Alcaldía Xochimilco tienen la obligación de asegurarse de que los vecinos de esa zona puedan opinar y decidir sobre temas públicos que les importen. Para lograrlo, van a usar las herramientas de participación ciudadana que ya están contempladas en la Constitución de la Ciudad de México y en la ley correspondiente. Esto significa que los habitantes podrán involucrarse en asuntos como presupuestos, obras o servicios, usando mecanismos como consultas o asambleas. En pocas palabras, este artículo obliga a los concejales a escuchar y tomar en cuenta lo que la gente quiera.
Texto oficial
Artículo 88.- Las y los integrantes del Concejo de la Alcaldía Xochimilco garantizarán la participación de las y los habitantes de la demarcación territorial en los asuntos públicos que sean de su interés, a través de los mecanismos de participación ciudadana que reconoce la Constitución Local y la Ley en la materia.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.