Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 13 de la LEY DEL SISTEMA DE CUIDADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad va a crear programas para que las personas que cuidan a otros, ya sea que cobren por ello o lo hagan de manera voluntaria, puedan estudiar, capacitarse y obtener certificados que avalen sus habilidades. Para lograrlo, puede pedir ayuda a empresas, otras dependencias del gobierno y organizaciones de la sociedad. También puede trabajar en equipo con ellos para poner en marcha estos planes de formación.

Texto oficial

Artículo 13. El Gobierno de la Ciudad impulsará esquemas de formación, profesionalización, capacitación, educación y certificación para las personas cuidadoras remuneradas y no remuneradas, para lo cual podrán establecer mecanismos de participación del sector productivo, público y social, así como de cooperación en la implementación de tales esquemas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.