Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 74 de la LEY DEL SISTEMA DE CUIDADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Gobierno de la Ciudad tendrá una red de servicios de cuidado para personas mayores que lo necesiten, y esta red irá creciendo poco a poco. Incluirá casas de día donde puedan recibir cuidados, revisión médica, apoyo emocional, y hacer actividades como deporte, cultura o trabajo comunitario. También habrá lugares para recibir a personas mayores que estén solas o abandonadas, con ayuda de empresas, grupos locales y la sociedad. Además, se ofrecerá apoyo por teléfono o internet, atención psicológica y ayuda en casa para quienes requieran cuidados intensos. Por último, habrá cursos y apoyo para las personas que cuidan a los mayores.

Texto oficial

Artículo 74. El Gobierno de la Ciudad contará con una red de carácter progresivo de servicios de cuidado para personas mayores que lo requieran, conformada por la siguiente oferta: I. Casas de día para personas mayores, con la disponibilidad de servicios de cuidado, salud preventiva, de salud mental y apoyo psicosocial, así como actividades culturales, deportivas, ocupacionales, de emprendimiento o de trabajo comunitario, entre otras; II. Espacios de acogida para personas mayores en situación de abandono social, en coordinación con los sectores privado y comunitario, y la sociedad civil; III. Servicios de asistencia remota, soporte emocional, atención psicológica y apoyo domiciliario para personas con necesidades intensas de cuidados; y IV. Servicios de formación, capacitación y apoyo para personas cuidadoras. CAPÍTULO IV DE LOS CENTROS DE CUIDADO PARA PERSONAS EN SITUACIÓN DE CALLE

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.