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Artículo 75 de la LEY DEL SISTEMA DE CUIDADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de tu ciudad debe tener centros especializados donde las personas sin hogar que lo pidan puedan ir a quedarse. Ahí les van a dar atención y apoyo para salir adelante. También los ayudarán a reintegrarse a la comunidad de forma completa. Es un derecho que tienen, pero solo si ellos lo solicitan.

Texto oficial

Artículo 75. El Gobierno de la Ciudad contará con centros especializados para recibir a las personas en situación de calle que lo soliciten, donde brindará atención y acompañamiento y se fomentará su reinserción en plenitud a la comunidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.