Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 76 de la LEY DEL SISTEMA DE CUIDADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la ciudad va a ayudar a las personas que viven en la calle para que puedan conseguir cosas básicas que necesitan, como comida, bañarse, tener documentos, estudiar o aprender un oficio, y recibir atención médica. Esto lo harán a través de sus distintas oficinas. La idea es que estas personas puedan reintegrarse a la comunidad de manera completa.

Texto oficial

Artículo 76. El Gobierno de la Ciudad, a través de sus distintas Secretarías y órganos de la Administración Pública, fomentará que las personas en situación de calle reciban bienes y servicios para la satisfacción de sus necesidades, como alimentación, higiene y aseo personal, documentos de identidad, educación y capacitación para el empleo, servicios de salud física y mental, entre otros, con el fin de promover su reinserción en plenitud a la comunidad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.