Artículo 132 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si te imponen una medida de apremio (una sanción o castigo por no cumplir con una orden de la autoridad), esa medida se debe aplicar en un plazo máximo de 15 días. El conteo empieza desde el momento en que te notifican oficialmente que tienes esa medida. O sea, no pueden tardarse más de dos semanas en hacerla efectiva después de avisarte.
Texto oficial
Artículo 132. Las medidas de apremio deberán aplicarse e implementarse en un plazo máximo de quince días, contados a partir de que sea notificada la medida de apremio al infractor.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.