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Artículo 133 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La amonestación pública es como un regaño oficial que hace la autoridad encargada de proteger tus datos (llamada Autoridad Garante) y lo lleva a cabo el jefe directo de la persona que cometió la falta. En lugar de una multa, el superior le dice a esa persona en público que está mal su comportamiento. Es un aviso para que no vuelva a hacer lo mismo, pero sin ponerle una sanción económica.

Texto oficial

Artículo 133. La amonestación pública será impuesta por la Autoridad Garante Local y las Autoridades Garantes y será ejecutada por el superior jerárquico inmediato del infractor con el que se relacione.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 30) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.