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Artículo 54 de la LEY DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si la persona o empresa que recibe tu solicitud para ver, corregir o eliminar tus datos personales (los derechos ARCOP) no es la indicada para resolverla, debe decirte por qué no puede atenderla en los siguientes tres días desde que la entregaste. Además, tiene que orientarte sobre cuál es la autoridad o institución correcta a la que debes acudir. Si el encargado te dice que no tiene tus datos en sus archivos, computadoras o sistemas, no es suficiente con su palabra; el Comité de Transparencia de esa institución debe emitir una resolución oficial confirmando que los datos no existen. Por último, si el responsable se da cuenta de que lo que pediste no corresponde a ninguno de esos derechos (por ejemplo, si pides algo que no tiene que ver con tus datos personales), debe avisarte y guiarte para que uses la vía o procedimiento correcto.

Texto oficial

Artículo 54. Cuando el sujeto obligado no sea competente para atender la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCOP, deberá hacer del conocimiento de la persona titular fundando y motivando dicha situación dentro de los tres días siguientes a la presentación de la solicitud, y en su caso, orientarlo hacia el sujeto obligado competente. En caso de que el responsable declare inexistencia de los datos personales en sus archivos, registros, expediente, base de datos o sistemas de datos personales dicha declaración deberá constar en una resolución del Comité de Transparencia que confirme la inexistencia de los datos personales. En caso de que el responsable advierta que la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCOP corresponda a un derecho diferente de los previstos en la presente Ley, deberá reconducir la vía haciéndolo del conocimiento a la persona titular.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.