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Artículo 1 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley es obligatoria para todas y todos en la Ciudad de México. Su objetivo es que cualquier persona pueda pedir y recibir información del gobierno, como lo que hacen las autoridades con el dinero público o cómo toman decisiones. Aplica a todas las dependencias, como el gobierno de la ciudad, las alcaldías, las universidades públicas y hasta empresas privadas que manejen recursos del gobierno. En pocas palabras, la ley busca que nadie pueda esconder información que sea de interés público.

Texto oficial

Artículo 1. La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia general en el territorio de la Ciudad de México en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Tiene por objeto desarrollar los principios, bases generales, procedimientos y mecanismos de participación ciudadana, social y comunitaria para garantizar a toda persona el derecho de acceso a la información pública en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo del poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos constitucionales autónomos, alcaldías y/o demarcaciones territoriales, organismos paraestatales, universidades públicas, fideicomisos y fondos públicos de la Ciudad, así como de cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos, realice actos de autoridad o de interés público en la Ciudad de México.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.