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Artículo 18 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando pidas información pública, las autoridades deben hacer todo lo posible para que tú puedas obtenerla sin trabas. Esto significa que deben ponerla a tu alcance de manera clara y sencilla, sin importar quién eres. La ley lo exige para que se respete tu derecho a saber, como lo marca la Constitución. En otras palabras, nadie te puede poner excusas para negarte la información.

Texto oficial

Artículo 18. En el procedimiento de acceso, entrega y publicación de la información se propiciarán las condiciones necesarias para que ésta sea accesible a cualquier persona, de conformidad con el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Capítulo III De los Sujetos Obligados

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.