Artículo 21 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La ley aplica a ciertos tipos de fideicomisos y fondos del gobierno que no tienen su propio equipo de trabajo. También aplica a mandatos públicos y contratos parecidos. Para cumplir con la ley, lo harán por medio de la oficina del gobierno que se encarga de manejar o supervisar cómo funcionan. Esto significa que no actúan solos, sino a través del área administrativa que los controla.
Texto oficial
Artículo 21. Los fideicomisos y fondos públicos que no cuenten con estructura orgánica, así como de los mandatos públicos y demás contratos análogos, cumplirán con las obligaciones de esta Ley a través de la unidad administrativa responsable de coordinar o ejecutar su operación.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.