Artículo 36 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La autoridad local que vigila el acceso a la información va a tener un Órgano Interno de Control, que es como la oficina encargada de revisar que todo se haga bien y sin trampas. Ese órgano dependerá de la Secretaría de la Contraloría General, que es la que supervisa el uso del dinero público. En pocas palabras, esta regla asegura que haya un equipo aparte que cuide que la autoridad garante cumpla su trabajo correctamente.
Texto oficial
Artículo 36. La autoridad garante local contará con un Órgano Interno de Control adscrito a la Secretaría de la Contraloría General. Capítulo III De los Comités de Transparencia
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