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Artículo 48 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 48 dice que el gobierno debe publicar en la Gaceta Oficial de la Ciudad el plan sobre cómo va a fomentar la transparencia, la rendición de cuentas y la protección de tus datos personales. También aplica si hacen cambios a ese plan después. La Gaceta Oficial es como el periódico oficial donde se publican las leyes y avisos importantes del gobierno. Así todos podemos enterarnos de lo que están haciendo en estos temas.

Texto oficial

Artículo 48. El Programa de la Cultura de Transparencia, Rendición de Cuentas y Protección de Datos Personales y, en su caso, sus modificaciones, deberán publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.