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Artículo 57 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 57 dice que la información que las autoridades están obligadas a publicar por sí mismas, sin que alguien la pida, es una obligación de transparencia. Esto significa que los gobiernos, dependencias y otras instituciones deben mostrar ciertos datos de manera automática, como su presupuesto o salarios, para que tú puedas consultarlos sin tener que solicitarlos. En pocas palabras, es información que debe estar disponible para todos por ley.

Texto oficial

Artículo 57. La información pública de oficio señalada en esta Ley se considera como obligación de transparencia de los sujetos obligados.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.