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Artículo 79 de la LEY DE TRANSPARENCIA PARA EL ACCESO Y SOCIALIZACIÓN DE LA INFORMACIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien te da poder legal para actuar en su nombre (como en un contrato de mandato), esa persona tiene que publicar en internet, de manera clara y actualizada, todas las instrucciones que te haya dado para que uses ese poder. Esto aplica también para cualquier otro documento donde te autoricen a representarlos ante otras personas o instituciones. Además de la información que ya deben mostrar por ley, deben incluir estas instrucciones para que cualquier persona pueda consultarlas directamente. En pocas palabras, si alguien te da permiso para representarlo, tiene que hacer públicas las reglas bajo las cuales puedes actuar.

Texto oficial

Artículo 79. En relación con contratos de mandato y otros actos jurídicos por virtud de los cuales los sujetos obligados otorguen representación jurídica, los sujetos obligados deberán mantener actualizada, para su consulta directa y en sus respectivos sitios de Internet, además de lo previsto en las obligaciones comunes de transparencia, cualquier tipo de instrucciones que el mandante exprese al mandatario o cualquier tipo de instrucciones relacionadas con el ejercicio de la facultad de representar, otorgada mediante otro acto jurídico. Sección Décimo Segunda De las obligaciones específicas de las personas físicas o morales que reciben y ejercen recursos públicos o ejercen actos de autoridad

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.