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Artículo 105 de la LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Servicio Parlamentario de Carrera es un sistema que busca que los empleados del Congreso sean profesionales y expertos en su trabajo, como abogados o legisladores. Su objetivo es que estos servicios de apoyo funcionen mejor y de manera más eficiente, y que no se interrumpan aunque cambien los políticos o diputados. La Coordinación de Servicios Parlamentarios es la encargada de planear y organizar cómo funciona este sistema, siguiendo las reglas de la ley y el reglamento. En resumen, es como tener un equipo fijo de especialistas que aseguran que el Congreso trabaje bien y sin fallas.

Texto oficial

Artículo 105. El Servicio Parlamentario de Carrera es aquel que tiene como objeto el profesionalizar y hacer más eficientes los servicios de apoyo parlamentario y de orden del Congreso. El Servicio Parlamentario de Carrera se instituye con el propósito de profesionalizar y garantizar la continuidad integral de los trabajos jurídicos y legislativos, así como, hacer más eficientes los servicios de apoyo parlamentario del Congreso del personal especializado. Le corresponde a la Coordinación de Servicios Parlamentarios establecer las bases para la planeación, organización, operación, desarrollo del Servicio Parlamentario de Carrera del Congreso, conforme a la presente ley y el reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 59) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.