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Artículo 68 de la LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 68 dice que los grupos de diputados y diputadas del Congreso van a proponer quiénes formarán parte de las mesas directivas de las comisiones. Esas mesas tienen que respetar la paridad, es decir, que haya tantas mujeres como hombres, y también que todos los grupos políticos estén representados. Además, cada grupo que tenga representación en el Congreso tiene derecho a presidir al menos una comisión. En otras palabras, nadie se queda sin una comisión importante que dirigir.

Texto oficial

Artículo 68. La composición de las Diputadas y Diputados que conformarán las Juntas Directivas de las Comisiones será a propuesta de la Junta misma que deberá observar los principios de paridad y de representatividad de cada Grupo Parlamentario. Todos los Grupos Parlamentarios con representación en el Congreso, tendrán derecho al menos a una Presidencia de Comisión.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

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