Artículo 82 de la LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que la Comisión de Rendición de Cuentas y Vigilancia de la Auditoría Superior de la Ciudad va a trabajar siguiendo dos leyes: esta misma ley y la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México, pero solo en las partes que le toquen. Es decir, tienen que cumplir con lo que marcan esos reglamentos para hacer su labor de revisar cómo se gasta el dinero público.
Texto oficial
Artículo 82. La Comisión de Rendición de Cuentas y Vigilancia de la Auditoria Superior de la Ciudad ejercerá sus funciones conforme a esta ley y la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México, en lo que le corresponda.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.