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Artículo 91 de la LEY ORGÁNICA DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si quieren quitar a un diputado de un Comité (que es un grupo de trabajo dentro del Congreso), ya sea por un rato o para siempre, el presidente o vicepresidente de ese Comité tiene que pedirlo. También deben mandar un documento firmado por la mayoría de los miembros del Comité al Pleno (que es cuando todos los diputados se reúnen). Ahí, la mayoría de los diputados presentes tiene que votar a favor para que el cambio sea válido. Al mismo tiempo, tienen que elegir de la misma forma al diputado que va a ocupar el lugar del que sale. Además, todo lo relacionado con cómo se forma y trabaja un Comité tiene que seguir lo que dice esta ley y su reglamento.

Texto oficial

Artículo 91. Para remover temporal o definitivamente de los Comités a alguna o algún Diputado, se requiere lo solicite la o el Presidente del Comité o en su caso el Vicepresidente del mismo y que envíen acuerdo aprobado por la mayoría de sus integrantes al Pleno para su aprobación por mayoría de las y los Diputados presentes, debiéndose designar de la misma forma a la o el Diputado que ocupará esa posición. La integración, actividad y funcionamiento de los Comités se rige por lo establecido en la presente ley y el reglamento.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 53) ↗

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