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Artículo 116 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el Congreso le manda una propuesta de ley al Jefe de Gobierno, todo el proceso se junta en un solo expediente, como un archivo con los documentos y datos de lo que se discutió. El oficio que lleva la propuesta debe estar firmado por el Presidente del Congreso y al menos un Secretario, para que sea válido. Eso es como cuando tú firmas un documento importante junto con otra persona. Así queda claro quiénes avalan que se envió esa ley. Todo esto es parte de los pasos para que el Pleno (la asamblea de diputados) pueda empezar a tratarlo.

Texto oficial

Artículo 116. El proyecto enviado a la o el Jefe de Gobierno, a través de oficio, se integrará en un expediente con toda la información generada durante el proceso legislativo. El oficio de remisión será firmado por la o el Presidente y al menos una o un Secretario. CAPÍTULO II Del Trámite de los Asuntos ante el Pleno

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.