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Ley
REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Artículo
129

Artículo 129 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 129 explica cómo se discuten y votan las leyes o decretos en el Congreso. Primero, todo el proyecto se debate en general y luego, si tiene varios artículos, se revisa cada uno por separado. Quien preside la sesión puede explicar el proyecto hasta por 10 minutos, y si hay opiniones diferentes, los diputados pueden hablar en contra o a favor, también hasta por 10 minutos, turnándose. Cuando ya hablaron hasta tres de cada lado, se pregunta si ya se discutió lo suficiente; si la mayoría dice que sí, se pasa a votar por nombre. Finalmente, si nadie quiere hablar, alguien de la comisión explica y se vota de inmediato.

Texto oficial

Artículo 129. Las discusiones en lo general de los dictámenes con proyecto de ley o de decreto, se sujetarán a lo siguiente: I. Se discutirán y votarán en lo general y después en lo particular cada uno de sus artículos, cuando conste de un solo artículo será discutido sólo en lo general; II. Los dictámenes que se refieren a puntos de acuerdo sólo podrán ser discutidos en lo general y no procederá en ningún sentido la discusión en lo particular, ni la reserva de sus resolutivos; III. La o el Presidente de la Junta Directiva podrá exponer los fundamentos del dictamen hasta por diez minutos; si declina hacerlo, podrá fundamentarlo una o un integrante nombrado por la Comisión correspondiente; IV. Si hubiera voto particular, su autor o una o uno de sus autores podrán exponer los motivos y el contenido del mismo hasta por diez minutos; V. A continuación, la o el Presidente formulará una lista de oradores en contra hasta tres y otra de hasta tres a favor; VI. Las y los oradores hablarán alternadamente en contra y a favor, hasta por diez minutos, comenzando por el primero de la lista de intervenciones en contra, en caso de no haber oradores en contra no habrá a favor; VII. Una vez que hayan intervenido hasta tres oradores en contra y hasta tres a favor, la o el Presidente preguntará si el asunto se encuentra suficientemente discutido, después de leer la lista de las y los oradores aún inscritos en ambos sentidos. Si el Pleno decide que se encuentra suficientemente discutido, la o el Presidente anunciará el inicio de la votación nominal; VIII. La o el Presidente preguntará si algún desea razonar su voto, en caso de ser afirmativo abrirá la lista de oradores hasta por cinco minutos; IX. Cada vez que se pregunte al Pleno si el punto está suficientemente discutido, la o el Presidente leerá la lista de las y los Diputados que hayan solicitado la palabra; X. Si la o el orador no se encuentra en el salón de sesiones, perderá su turno, y XI. Cuando ninguna o ningún Diputado pida la palabra para argumentar a favor o en contra del dictamen a discusión, y una vez que alguna o algún integrante de la Comisión explique los motivos que ésta tuvo para dictaminar, se procederá a la votación nominal.

Ver texto oficial del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO (pág. 41) ↗

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