Artículo 136 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien propone un cambio a una ley, se sigue un orden para discutirlo: Primero, la persona que hizo la propuesta tiene hasta 5 minutos para explicar por qué quiere ese cambio. Después, el Presidente del Congreso anota a dos personas para que hablen a favor y dos para que hablen en contra, cada una con máximo 3 minutos. Cuando ya hayan hablado esos cuatro, el Presidente pregunta a todos si ya se dijo suficiente. Si no hay nadie en contra, dos personas pueden hablar a favor; y si no hay nadie a favor, dos pueden hablar en contra. Si no hay nadie apuntado para hablar, se pasa directamente al siguiente tema.
Texto oficial
Artículo 136. Las reservas se discutirán de la siguiente forma: I. La o el proponente hará uso de la palabra hasta por cinco minutos, para exponer las razones que la sustenten; II. La o el Presidente formulará una lista de hasta dos oradores a favor y dos en contra, quienes podrán intervenir hasta por tres minutos cada uno; III. Después de que hubiesen intervenido hasta dos oradores de cada la lista, la o el Presidente preguntará al Pleno si el asunto se encuentra suficientemente discutido; IV. Cuando no hubieran oradores en contra, podrán hablar hasta dos oradoras u oradores a favor; V. Cuando no hubiera oradoras u oradores a favor del artículo incluido en el proyecto podrán hablar hasta dos oradores en contra, y VI. Cuando no hubiere oradoras u oradores inscritos, y ordenará que se pase a la discusión del siguiente artículo reservado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.