Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 148 del REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA CIUDAD DE MÉXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres diputado pero no te registraste para hablar en el debate, puedes pedir la palabra al presidente para aclarar, corregir o completar algo que dijo otro diputado desde la tribuna. El presidente te dará chance de hablar solo después de que terminen todos los que están en la lista de oradores. Solo puedes hacerlo una vez y solo sobre el tema que se esté discutiendo en ese momento.

Texto oficial

Artículo 148. La moción para rectificar hechos procede cuando una o un Diputado que no esté inscrito en la lista de las y los oradores solicite el uso de la palabra, para aclarar, corregir o ampliar la información expuesta en Tribuna por otra u otro Diputado que haya participado en la discusión. Cuando la o el Presidente lo autorice, la o el Diputado solicitante podrá hacer uso de la palabra al término de la lista de las y los oradores. La o el Diputado que rectifique hechos, lo hará por una sola ocasión, en el tema que se discuta.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.